SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2022-S2
Fecha: 06-Abr-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Oficio 581/2020 de 20 de octubre, emitido por la Jueza de Ejecución Penal Cuarta del departamento de Santa Cruz; por el que, solicitó al médico forense de turno del IDIF, realice la valoración e informe forense a Franz Romer Sosa Chávez -ahora accionante-, para determinar su estado de salud a efectos de proceder conforme a ley. Teniendo sello de recepción de esa institución el 22 de idéntico mes y año; asimismo, otro sello del “CENTRO DE REHABILITACIÓN SANTA CRUZ” (sic) “DIRECCIÓN DE ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO” (sic [fs. 2]).
II.2. Consta nota de 23 de octubre de 2020, presentado el 28 de igual mes y año, ante la Jueza de Ejecución Penal Cuarta del departamento de Santa Cruz, expedido por Luis Fernando Moreno Guzmán, médico forense del IDIF del aludido departamento, mediante el cual, informó que se constituyó en la fecha antes señalada en el Centro Penitenciario Palmasola de ese departamento, para la valoración médica del accionante; sin embargo, en secretaría de la Gobernación del indicado recinto penal le manifestaron que no fueron notificados con dicho Oficio, por esa razón no podían proceder a convocar al privado de libertad; por consiguiente, no realizó la valoración solicitada por la aludida autoridad (fs. 3 y vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La SCP 0397/2018-S3 de 30 de julio, citó el entendimiento y los alcances que comprende la acción de libertad en su modalidad correctiva contenida en la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, que determinó: «“…protege al detenido de aquellas condiciones que