SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2022-S1

Fecha: 18-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta Nota de 3 de mayo de 2021, suscrito por la Asociación de Comerciantes Minoristas “2 de Agosto” del Mercado Campesino de la ciudad de Tarija, identificándose a Luis Jurado Padilla, Martha Dialina Quiroga Gutiérrez, Mirian Leañez Tejerina, Damián Fernando Rodríguez Figueroa, Rina Arminda Gareca, Silvia Márquez Cardozo y Elena Lima Mancilla –ahora accionantes- entre otros, mediante la cual se dirigieron a Herlinda Otdelia Rivera Mollo, Gerente del CRAMA; solicitando cumplimiento de la Ley 1342 y el cese de hostigamientos por clausuras ilegales y arbitrariedades; señalando además:

“…hemos tenido varias reuniones con la Gerencia y el Presidente dela Federación de Campesino sin haber llegado a ningún acuerdo en la problemática de paga de alquileres de una rebaja del 50% dictaminado por Ley N° 1342 en la que se establece la reducción del 50% de los alquileres mientras dure la pandemia, en su Art. 4 menciona que se aplicara excepcionalmente a partir de la fecha de Declaración de Emergencia Sanitaria Nacional y Cuarentena dispuesta en el D.S. 4196, nosotros los vendedores en reunión general establecemos que de ninguna manera estamos de acuerdo al descuento de tres meses del 50% y hacemos recuerdo a su autoridad que ninguna resolución está por encima de la Constitución Política del Estado y la Ley…”(sic [fs. 12 y vta.]).