SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2022-S3

Fecha: 20-Abr-2022

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III.  El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad

La accionante considera vulnerados sus derechos a la seguridad social, a la vida, a la salud y a la alimentación; por cuanto, el Gobierno Autónomo Departamental de Beni, donde a tiempo de la interposición de la presente acción tutelar aún desempeñaba sus funciones, pese a las solicitudes que realizó no procedió al pago de cuatro meses del subsidio prenatal y seis meses del subsidio de lactancia, por lo que en ese marco y considerando que su persona erogó los gastos para la alimentación de su hijo, solicita su compensación retroactiva en dinero.

En consecuencia, corresponde en revisión determinar si tales argumentos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.

III.1.  Con relación al Régimen de asignaciones familiares. Jurisprudencia reiterada

La Constitución Política del Estado, prevé el derecho a la seguridad social, estableciendo en su art. 45, lo siguiente:

I.   Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social.