SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2022-S1
Fecha: 07-Abr-2022
II. CONCLUSIONES
De la atenta revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Charly Alio Flores Martínez el 15 de enero de 2021 presenta memorial al Fiscal Adscrito a Transito de la Localidad de Pailón, por el cual impetra “devolución bajo el principio de celeridad” (fs. 1 y vta.)
II.2. Requerimiento de 19 de enero de 2021 emitido por el Osvaldo Tejerina Ríos, Fiscal de Materia en suplencia legal, por el que requirió:
“Con relación al memorial que antecede, sobre los extremos manifestados el Director Provincial de la Policía Boliviana del Municipio de Pailón, informe sobre los extremos denunciados y remita todas las actuaciones llevadas adelante dentro el presunto hecho de transito al cual hace referencia el señor CHARLY ALIO FLORES MARTINEZ y, sea dentro de las 24 horas de notificado con el presente decreto Fiscal” (sic [fs. 2]).
- Encabezado
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias ju
- POR TANTO