SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0100/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2022-S1

Fecha: 19-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Consta nota SMAyRN CITE 117-A/2020 de 29 de septiembre, emitido por Pablo Maito Moye, Secretario Departamental de Medio Ambiente y Recursos Naturales del GAD del Beni, mediante el cual puso en conocimiento de los solicitantes que la AOP del Proyecto de Producción de arroz “Nueva Era” corresponde al Sector Agropecuario, Subsector Riego, perteneciendo a la Categoría II según el listado de actividades, obras y proyectos detallados en el D.S. 3856 de 3 de abril de 2019 (fs. 28 a 29).

II.2.    Mediante memorial de interposición de Recurso de Revocatoria y Anuncio de Recurso Jerárquico presentado por los accionantes ante la Secretaría Departamental de Medio Ambiente y Recursos Naturales del GAD del Beni, fue impugnada la nota SMAyRN CITE 117-A/2020 de 29 de septiembre, exponiendo las vulneraciones cometidas y solicitando que se rectifique la categorización y se retiren las prohibiciones impuestas en la nota de respuesta objeto del recurso de revocatoria (fs. 15 a 27).

II.3.    A través del proveído PROV.UJ 01/2020 de 16 de noviembre, emitido por Pablo Maito Moye, Secretario Departamental de Medio Ambiente y Recursos Naturales del GAD del Beni, se dispuso la inadmisibilidad del recurso de revocatoria interpuesto por los ahora accionantes (fs. 51).