SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2022-S1
Fecha: 25-Abr-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 16/2021 de 12 de marzo, cursante de fs. 201 a 204 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del departamento de Tarija; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada conforme a los fundamentos jurídicos desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional;
2° disponer lo siguiente: que en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, la Presidencia del Concejo Municipal del GAM de Tarija emita una resolución administrativa definitiva respecto al pedido formal y expreso de derogatoria parcial pretendida, sea con costas procesales.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- Que, al contrario, no se tendrá por violado el derecho de petición, cuando se la niega manifestándose el por qué no se da curso a la petición en forma positiva, pues el derecho de petición en su sentido esencial no implica que el peticionante tenga e