SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2022-S3

Fecha: 20-Abr-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.    Consta contrato administrativo 08/2020 para la prestación de servicios generales de 2 de enero de 2020, suscrito por Hugo Vargas Lima Lobo, Alcalde del GAM de San Joaquin de la provincia Mamoré del departamento de Beni -hoy accionado- y Douglas Dacosta Vela -ahora accionante- para que este último desempeñe como ‘“AYUDANTE DE RECOJO DE BASURA”’ (sic), con vigencia hasta el 30 de junio del mismo año (fs. 22 a 26).

II.2.    Consta Formulario AVC-04 de Aviso de afiliación y reingreso del trabajador 004512 de 11 de marzo de 2020, emitido por el Departamento de Afiliación de la CNS de “CIS SAN JOAQUIN” por el cual se evidencia la afiliación del -ahora accionante- (fs. 13).

II.3.    Cursa certificado de nacimiento perteneciente a la menor AA, con fecha de nacimiento de 24 de abril de 2020, que consigna como padres al accionante y a Magda Diany Flores Ojopi (fs. 5).

II.4.    Mediante carta de 29 de abril de 2020, dirigida al Alcalde del GAM de San Joaquín -hoy accionado-, el accionante solicitó el pago del subsidio de natalidad en favor de su hija menor AA (fs. 9).

II.5.    Mediante Formulario AVC-06 047291 de Aviso de Alta y Bajas de Beneficiarios, de 19 de mayo de 2020 emitido por el Departamento de Afiliación de la CNS de Beni “C.I.S. San Joaquín” se procedió a registrar a la menor AA, autorizándose el pago de subsidio de natalidad en efectivo, por una sola vez y la correspondiente lactancia en especie, desde mayo de 2020 a abril de 2021, conforme establece el “D.S. 21637” (fs. 7).

II.6.    Cursa segundo contrato administrativo 62/2020 para la prestación de servicios generales de 1 de julio de 2020, suscrito por el accionante y la autoridad ahora accionada, con vigencia hasta el 31 de diciembre del mismo año (fs. 27 a 31). Asimismo consta tercer contrato administrativo 08/2021 para la prestación de servicios generales de 4 de enero de 2021, suscrito por los mismos contratantes, con vigencia hasta el 30 de junio del mismo año (fs. 32 a 36).

II.7.    Por carta presentada el 4 de marzo de 2021, dirigida a la autoridad ahora accionada, el accionante peticionó la cancelación del subsidio de lactancia que se le adeuda desde el mes de mayo al mes de diciembre de 2020 y enero de 2021 (fs. 20).

II.8.    Consta Primera Citación de 9 de abril de 2021, emitida por la Inspectora de Trabajo de Beni dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social dirigida a la autoridad accionada a objeto de apersonarse ante la oficina Departamental de Trabajo y responder a la demanda interpuesta por la esposa del accionante por el pago de asignaciones familiares (fs. 19).

II.9.    Mediante Instructivo MAE/GAM-SJ/INSTRUCTIVO/01/2021 de 13 de abril de 2021, el Alcalde ahora accionado instruyó a la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas del GAM de San Joaquín, realizar la modificación presupuestaria de la gestión 2021 con el objeto de proceder al pago de las asignaciones familiares devengadas a solicitud de Magda Diany Flores Ojopi -esposa del accionante- (fs. 61).