SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2022-S2
Fecha: 24-May-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 145/2020 de 28 de septiembre, cursante de fs. 452 a 453 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1° DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada, conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.
2° Llamar la atención a la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por la dilación en el envío de los antecedentes de la presente acción de amparo constitucional, en desconocimiento del art. 129.IV de la Constitución Política del Estado.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA