SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2022-S3

Fecha: 23-May-2022

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III.  El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad

La parte peticionante de tutela considera lesionados sus derechos y la de su hija menor de edad, a la vida, a la integridad física, a la salud y a la seguridad social; toda vez que, la Asamblea Legislativa Departamental de Beni, institución donde presta sus servicios, pese a las reiteradas solicitudes que realizó no procedió al pago del subsidio prenatal por el periodo de un mes, ni tampoco de los doce meses del subsidio de lactancia, en función a lo cual solicita su compensación retroactiva en dinero.

En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si tales argumentos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.

III.1.  Subsidiaridad con relación al Régimen de asignaciones familiares. Jurisprudencia reiterada

La Constitución Política del Estado, prevé el derecho a la seguridad social, estableciendo en su art. 45, lo siguiente:

“I.   Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social.