SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAl 0467/2022-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0467/2022-s3

Fecha: 23-May-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 18 de febrero de 2021, cursante de fs. 9 a 11, el accionante a través de su representante sin mandato manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue sometido a un proceso penal por el Ministerio Público por la comisión del delito de suministro de sustancias controladas, dentro del cual fue condenado y sentenciado a una pena privativa de libertad, encontrándose actualmente “…cumpliendo sentencia (…) en el Centro Penitenciario de San Pedro” (sic); en ese contexto procesal, mediante memorial presentado el 30 de septiembre de 2020 ante la Sala Penal Segunda -se asume del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz-, renunció a la apelación restringida que interpuso.

Alega que, con la finalidad de acogerse a beneficios penitenciarios para precautelar su salud, porque sufre de patología epiléptica, incontinencia urinaria, prostatitis a descartar e hipertrofia prostática, mediante escrito de 3 de diciembre de 2020 solicitó la ejecutoria de la sentencia condenatoria emitida en su contra, petición que la reiteró el 8 de enero de 2021; empero, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, no recibió respuesta alguna, por lo que la “…SECRETARIA DE JUZGADO DE SENTENCIA Nª 6 DE LA CIUDAD DE LA PAZ, SECRETARIA DE LA SALA PENAL SEGUNDA CIUDAD DE LA PAZ…” (sic), incurrieron en una acción dilatoria, tornando en indebida la privación de su libertad.

I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados

El impetrante de tutela a través de su representante sin mandato, considera lesionados su derecho al debido proceso y el principio de celeridad, ambos vinculados con su derecho a la libertad; citando al efecto, los arts. 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADDH); 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

I.1.3. Petitorio