SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2022-S2
Fecha: 24-May-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por medio de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la igualdad procesal; en razón a que: a) El 4 de febrero de 2021, los Jueces demandados determinaron declararlo en rebeldía y expidieron mandamiento de aprehensión en su contra, sin tomar en cuenta el justificativo que expuso para no retornar a la audiencia de prosecución de juicio oral de la misma fecha; puesto que, su hijo de tres años se encontraba mal de salud; por lo que, tuvo que llevarlo a un centro médico y posteriormente a su domicilio; y, b) Se “inventan” un verificativo de revocatoria de las medidas sustitutivas, en la que se dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz.
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
III.1. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
Al respecto, la SCP 0482/2013 de 12 de abril, efectuó un integración jurisprudencial de los presupuesto procesales concerniente a la subsidiariedad excepcional de esta acción de defensa, estableciendo que: “En los casos que se impugnen actuaciones no judiciales -antes de la imputación formal- y judiciales -posteriores a la imputación-, a través de la presente acción tutelar, previa y necesariamente se debe considerar situaciones en los cuales de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1. Cuando la acción de libertad esté fundada directamente en la vulneración al derecho a la libertad personal por causa de haberse restringido la misma al margen de los casos y formas establecidas por ley, y no esté vinculada a un delito y por tanto