SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2022-S3

Fecha: 03-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.       Cursa la Sentencia 04/2020 de 21 de febrero, dictada por el Juez Agroambiental de Yacuiba del departamento de Tarija, dentro del proceso de pago de mejoras seguido por Armando y Henry -ambos de apellido Terceros Gallardo-, Adel Romero Quispe, Roberto Herrera Acuña, Fortunato Gallardo Rojas y Marcial Mendoza Amador -hoy accionantes-, contra la Asociación de Pueblos Guaraníes (Yaku-Igua); mediante la cual se declaró probada la demanda, disponiendo que la parte demandada pague el monto de
Bs2 796 099,77.- a favor de los demandantes (fs. 58 a 66 vta.).

II.2.       Mediante memorial de 5 de marzo de 2020, Evarista Cadencia Ramón, Capitán Grande de la Asociación de Pueblos Guaraníes (Yaku-Igua), presentó recurso de casación en la forma y en el fondo contra la Sentencia 04/2020 (fs. 549 a 553 vta.).

II.3.       Por memorial de 19 de marzo de 2020, Armando y Henry -ambos de apellido Terceros Gallardo-, Adel Romero Quispe, Roberto Herrera Acuña, Fortunato Gallardo Rojas y Marcial Mendoza Amador -hoy accionantes-, contestaron el recurso de casación planteado por la Asociación de Pueblos Guaraníes (Yaku-Igua [fs. 555 a 561 vta.]).

II.4.       De acuerdo a la información disponible en la página oficial del Tribunal Agroambiental, consta el Auto Agroambiental Plurinacional S1ª 33/2020 de 2 de octubre, por el que se resolvió el recurso de casación planteado por la Asociación de Pueblos Guaraníes (Yaku-Igua) contra la Sentencia 04/2020, casando la Sentencia 04/2020 y declarando improbada la demanda de pago por mejoras; el mismo que fue notificado a la parte demandante -hoy accionante- el 9 de octubre de 2020.

II.5.       Según el Comprobante de Caja 721931, emitido a horas “9:28:11” del 9 de abril de 2021, Armando Terceros Gallardo pagó valorados para la presentación de la presente acción de amparo constitucional (fs. 569).

II.6.       Por certificación del Supervisor de Plataforma de la ciudad de Yacuiba del departamento de Tarija, de 12 de abril de 2021, se indica que el 9 del mismo mes y año, se apersonaron a oficinas de plataforma “…después del horario de atención al público (establecidos por el tribunal departamental de justicia) a presentar una acción de amparo constitucional que interpone Armando Terceros Gallardo y otros en contra de los magistrados María Teresa Garron Yucra y Gregorio Aros Rasguido, encontrándose dentro del plazo para su presentación, pero por estar fuera del horario de sorteo de causas establecido en la plataforma, se procede a sortearlo en horarios hábiles” (sic [fs. 568]).

II.7.       Cursa la constancia del Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ) de la causa signada con NUREJ 6Y078143 correspondiente a la presente acción de amparo constitucional, de 12 de abril de 2021 (fs. 567).