SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2022-S2
Fecha: 30-May-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 01/2021 de 1 de junio, cursante de fs. 194 a 204 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de Llallagua del departamento de Potosí; y en consecuencia:
1° CONCEDER tutela solicitada, con relación a Edgar Torrico Villarroel, Elsa Aguirre Paredes y José Luis Blanco Flores, profesores de la Unidad Educativa 1° de Mayo “A” de nivel Secundario de la citada localidad y departamento; debiendo los prenombrados y cualquier otra persona cesar inmediatamente en las medidas de hecho efectuadas contra la accionante; y,
2° DENEGAR la tutela, respecto a los derechos al debido proceso, a la no discriminación y a la salud; así como, con referencia a Rodolfo Araya Villafán, Director Distrital de Educación de Llallagua y Roxana Lilian Saavedra Labraya, Ejecutiva General de la Federación de Maestros Urbanos de Uncía, ambos del departamento de Potosí y al pago de costas, honorarios profesionales consistente en Bs10 000.-, reparación por daño civil y la contratación de un psicólogo.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado