SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2022-S4
Fecha: 14-Jun-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El impetrante de tutela denuncia la lesión de sus derechos a participar y ser elegido, a no ser discriminado y a la igualdad, debido a que los demandados, determinaron su inhabilitación como candidato a Vicedecano porque su título en provisión nacional fue expedido por una universidad que no está comprendida en el Sistema Nacional de Universidades Públicas que conforman y/o forman parte del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana, sin considerar que fue la propia Corte Electoral Universitaria la que sentó precedente cuando proclamó que fue ganador en anteriores elecciones y que la UAGRM del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución ICU 024/2013, otorgó valor a sus títulos por tener derechos consolidados.
En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. Sobre la igualdad y la no discriminación
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La jurisprudencia constitucional, como la SCP 0173/2014 de 20 de enero, concibe a la igualdad como un valor, principio, derecho y garantía, puesto que, la comunidad entiende que necesita proteger, reforzar y profundizar los valores que evolucionan pe