SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2022-S2
Fecha: 22-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene Requerimiento de Inicio de Investigaciones y Apertura de Caso de 5 de marzo de 2021, dictado por Jesús Manuel Jilamita Melendres, Fiscal Policial -demandado-, dentro del proceso disciplinario seguido de oficio contra Oscar Iván Conde Pacheco y Juan Cornejo Patzi -funcionarios policiales-, por la presunta comisión de faltas graves sancionadas con retiro temporal, previstas en el art. 121 numerales 12, 18, 25 y 34 de la LRDPB (fs. 47 y vta.).
II.2. Por providencia de 24 de marzo de 2021, el demandado “desestima” la denuncia presentada el 16 de igual mes y año, por Edwin Mendoza Calizaya -hoy accionante- (fs. 15).
II.3. Mediante decreto de 1 de abril de 2021, el demandado resolvió la impugnación interpuesta el 31 de marzo del indicado año, por el impetrante de tutela, quien solicitó: “…remitir dicha impugnación en el plazo de 24 horas ante el jerárquico superior (Fiscal Departamental Policial)...” (sic); disponiendo que este subsane la citada denuncia, como “…SERVIDOR PÚBLICO POLICIAL (…) y no así como abogado…” (sic), conforme al art. 65.II de la LRDPB (fs. 17 a 22).
II.4. Se consigna acusación formal de 12 de mayo de 2021, expedido contra Oscar Iván Conde Pacheco, Juan Cornejo Patzi, Ricardo Gastón García y Luciano Canaviri Blanco, por la presunta comisión de las faltas graves sancionadas con retiro temporal previstas en los arts. 12 núm. 12, 18, 25 y 34; y, 13 núm. 18, ambos de la LRDPB (fs. 53 a 62 vta.).