SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2022-S3
Fecha: 10-Jun-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, a través de su representante sin mandato, alega la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso, así como los principios de legalidad y favorabilidad, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de homicidio: a) El 28 de enero de 2020 al amparo de lo previsto en el art. 239.4 del CPP modificado por la Ley 1173, solicitó a las autoridades accionadas la cesación de su detención preventiva, la que después de varias suspensiones fue resuelta mediante Auto de 16 de noviembre de igual año, rechazando indebidamente su pretensión, manteniendo la detención preventiva aplicada de manera forzada y desproporcionada, fundamentando esa decisión en una norma no vigente, sin considerar que el delito nunca existió, y omitiendo el art. 222 del CPP, en sentido de que, las medidas cautelares son excepcionales y se deben aplicar de tal modo que afecten lo menos posible al imputado, no obstante además, de haber hecho conocer a los accionados que su persona se hace cargo de sus padres de la tercera edad, además del tiempo transcurrido de su detención preventiva, aspectos que no fueron considerados por las autoridades judiciales, lo que converge en los hechos en que se encuentre cumpliendo una condena anticipada; y, b) Planteó incidente de nulidad por defectos absolutos, porque no fue citado ni con la acusación formal tampoco con la acusación particular, lo que lo colocaría en indefensión, incidente que fue providenciado en sentido que se resolvería en juicio oral, al cual en efecto se someterá, pero previamente requiere sea notificado.
En consecuencia, corresponde en revisión determinar si tales argumentos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. Subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. La apelación incidental prevista por el art. 251 del CPP, como medio idóneo de impugnación. Jurisprudencia reiterada
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Al respecto, la SCP 0507/2020-S3 de 9 de septiembre, citando a su vez a la SCP 0258/2019-S1 de 15 de mayo, que sistematiza la jurisprudencia emitida sobre este particular, señala que: «“En cuanto a la subsidiariedad excepcional que rige para las acci