SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2022-S4

Fecha: 27-Jun-2022

Es evidente, que el problema como se dijo radica básicamente en la falta de respuesta clara y específica sobre los hechos contravencionales referidos en el Auto Inicial CSCYR.A/SUM/08-2021 de 7 de abril, que nunca fueron motivo del proceso administra

Constatándose con lo anotado y advertido anteriormente, que la autoridad demandada, no fue explícita, concisa, directa ni clara al indicar la necesidad de desestimar el recurso jerárquico interpuesto por la accionante; empero, sin contestar sobre la necesaria racionalidad respecto a la denuncia de haberse sancionado administrativamente a la impetrante de tutela, en base a hechos no especificados inicialmente, para luego analizar sobre los demás sustentos de la impugnación.

           En conclusión, el Director General Ejecutivo de la Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas –ahora demandado–, conculcó derechos constitucionales al tramitar y resolver el recurso jerárquico interpuesto por la impetrante de tutela; por ende, no sustentó ni justificó con suficiencia la Resolución de Recurso Jerárquico D.G.E. 01/2021 de 24 de junio, mediante la cual confirmó la Resolución de Recurso de Revocatoria CSCYR.A/SUM/29-2021 de 24 de mayo; con ello, dando razón a la Resolución Final CSCYR.A/19-2021 de 10 de similar mes, que sancionó administrativamente a la misma; por tanto, no observó el debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia establecidos en la Constitución Política del Estado.

En consecuencia, la Sala constitucional, al conceder la tutela impetrada, obró de forma correcta.

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 127/2021 de 8 de octubre, cursante de fs. 511 a 517, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, dejando sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico D.G.E. 01/2021 de 24 de junio; y, ordenando que la autoridad administrativa demandada, emita uno nuevo, observando los argumentos expresados en el presente fallo constitucional.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

CORRESPONDE A LA SCP 0638/2022-S4 (viene de la pág. 17).

René Yván Espada Navía

MAGISTRADO

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

MAGISTRADO