SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2022-S3
Fecha: 27-Jun-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 77/2021 de 29 de julio, cursante de fs. 144 a 148, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto a la inamovilidad laboral, al trabajo vinculados al derecho a la vida, a la salud y a la alimentación de su familia.
a) Disponer la restitución del accionante al puesto que ocupaba antes de su desvinculación, hasta que su hijo cumpla un año de edad -15 de junio de 2022-; asimismo el pago sueldos devengados, asignaciones familiares, y otros derechos que le correspondan conforme a ley, salvo que los mismos ya hubiesen sido otorgados; y,
2° DENEGAR la tutela con relación al derecho de estabilidad laboral, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el MSc. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente la Magistrada, MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas.
Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora
PRESIDENTE
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discap
- II. La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y
- POR TANTO