SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2022-S4
Fecha: 20-Jun-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2022-S4
Sucre, 20 de junio de 2022
SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Magistrado Relator: René Yván Espada Navia
Acción de amparo constitucional
Expediente: 41785-2021-82-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución de 22 de julio de 2021, cursante de fs. 326 a 336 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Ricardo Soto Butrón, María Arely Vargas Montaño y Jorge Carlos Fernández Vásquez en representación legal de Jorge Fernández Ríos y Nélida Albertina Vásquez de Fernández contra Leocario Serna Bascopé, Secretario General de la Central Regional “San José”; Jesús Alvarado Arispe, Secretario General de la Sub Central Pampa Tambo, Santa Isabel; Juan Juvenal Rojas Fernández, Secretario General del Sindicato Agrario “Santa Isabel”; Carmelo Ríos, Secretario General de la Sub Central “Yungas Colomi”; Daniel Alcocer Mendoza, Secretario General del Sindicato “Miguelito”; y, Wilfredo Padilla López, Secretario General del Sindicato Paracty” (sindicato paralelo).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por ello, este cumplimiento no debe ser exigido ante el Tribunal Constitucional, sino ante la autoridad emisora de la resolución; ahora si esta autoridad pese a los medios a su alcance y su obligación de hacer cumplir sus propias resoluciones, como s