SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2022-S3

Fecha: 10-Jun-2022

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 126/2021 de 1 de abril, cursante de fs. 57 a 62 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia:

   CONCEDER en parte la tutela:

a)    Disponer dejar sin efecto: 1) La notificación efectuada a Lucio Fernando Quintanilla Vargas en Secretaría del Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Chuquisaca con el Auto 67 de 8 de febrero de 2021; y, 2) El Mandamiento de Apremio 11/21 de “dos tres”  del citado año, librado contra el accionante.

b)   Ordenar a la autoridad jurisdiccional del Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Chuquisaca, que se practique una nueva notificación a Lucio Fernando Quintanilla Vargas con el Auto 67 de 8 de febrero de 2021, en el domicilio señalado por el nombrado en el proceso laboral.

CORRESPONDE A LA SCP 0620/2022-S3 (viene de la pág. 11).

2°    DENEGAR la tutela solicitada, respecto a las notificaciones realizadas a Lucio Fernando Quintanilla Vargas con la Planilla de Actualización de Beneficios y Derechos Sociales de 5 de octubre de 2020, así como el decreto de 6 de ese mes y año, por los motivos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el MSc. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente la Magistrada, MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas.

Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora

PRESIDENTE

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO