SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2022-S2
Fecha: 24-Jun-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 01/2021 de 3 de agosto, cursante de fs. 216 vta. a 222 vta., pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Primero de Tupiza -en suplencia legal de su similar Público Mixto Civil y Comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Atocha- del departamento de Potosí; y en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela impetrada, respecto de los derechos al debido proceso, a la defensa y al trabajo, a cuyo efecto, se deja sin efecto el Memorándum de 2 de febrero de 2021, debiendo el accionante ser reincorporado a la Cooperativa Minera “TATASI” R.L., correspondiendo que su situación en dicha asociación sea dilucidada en el marco del debido proceso, manteniendo
CORRESPONDE A LA SCP 0649/2022-S2 (viene de la pág. 10).
firme la concesión dispuesta por el Juez de garantías en favor de la menor, conforme a los fundamentos jurídicos de este fallo constitucional; y,
2º DENEGAR la tutela, con relación a los derechos a la libertad de reunión, a la libre asociación, a la vida y a la justicia transparente, de acuerdo a los fundamentos expuestos en esta Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO