SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2022-S4

Fecha: 06-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante acta de audiencia complementaria de 13 de abril de 2021, se suspendió la audiencia programada para dicha fecha; toda vez que, no se habría cumplido con las formalidades de ley, señalándose audiencia para el 4 de mayo del citado año (fs. 5);

II.2.    A través de la audiencia complementaria de 4 de mayo de 2021, debido a la inasistencia del demandado Germán José Ergueta Vargas –tercero interesado– y otros, en el que se conminó a la oficial de diligencia cumplir con sus funciones de notificar a las partes en aplicación al art. 105 de la LOJ y el Código Procesal Civil, con alternativa de remitirse antecedentes al Consejo de la Magistratura en caso de incumplimiento, fijándose día y hora de audiencia para el 24 del mismo mes y año (fs. 6).

II.3.    Consta acta de audiencia de 24 de mayo de 2021, misma que también fue suspendida por falta de notificación a las partes señalándose audiencia para el 9 de junio del mismo año (fs. 7); sin embargo, mediante informe de 8 de junio de 2021, la Oficial de Diligencia demandada, refirió que no pudo realizar las diligencias de notificación agendada para el 21 de mayo del citado año; toda vez que, el expediente del proceso caratulado Torrez contra Ergueta se encontraba en despacho (fs. 30 y vta.).

II.4.    Según acta de audiencia de 9 de junio de 2021, misma que fue suspendida por fallas técnica, reprogramándose para el 1 de julio del citado año (fs. 31 a 32); consiguientemente, consta acta de audiencia de 7 de julio de 2021, en el que, se declaró probada en parte la demanda de nulidad de declaratoria de herederos, pero no la aplicabilidad de la retroactividad señalándose audiencia de lectura de sentencia para el 4 de agosto de 2021 (fs. 43 a 46 y vta.).