SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2022-S2

Fecha: 04-Jul-2022

Respecto a Ancelma Leonor Gutiérrez Flores, de los datos que cursan en el expediente se tiene que el 14 de junio de 2021, hizo conocer a la AFP Futuro Bolivia S.A., la negativa de la solicitud de afiliación por parte de la citada Corporación, motivo

           Finalmente a manera de aclaración se hace notar que si las accionantes consideran que la respuesta otorgada por las instancias administrativas lesionan sus derechos, pueden volver a presentar la acción de amparo constitucional, toda vez que, en el presente caso al haberse activado en forma simultánea la jurisdicción ordinaria administrativa y la constitucional, se está denegando la tutela sin ingresar al análisis de fondo del problema jurídico planteado, por lo que no se puede aducir que exista cosa juzgada.

En consecuencia, la Sala Constitucional al conceder la tutela impetrada, actuó de forma incorrecta.

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 178/2021 de 30 de agosto, cursante de fs. 153 a 159, pronunciada por Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:

1º DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada; y,

2°  Exhortar a la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social a Corto Plazo y la Administradora de Fondo de Pensiones Futuro Bolivia S.A. otorguen una respuesta pronta y fundamentada respecto a las solicitudes efectuadas por las impetrantes de tutela el 31 de marzo y 14 de junio de 2021.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano

MAGISTRADO

Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado

MAGISTRADA