SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2022-S3
Fecha: 29-Jul-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 04/2021 de 29 de abril, cursante de fs. 28 a 32, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado Público de Familia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Villazón del departamento de Potosí, y en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, por la falta de señalamiento de una nueva audiencia de consideración de cesación de su detención preventiva suspendida el 27 de abril de 2021, por parte del Juez hoy accionado, conforme a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
a) Disponer que el Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Villazón del departamento de Potosí, proceda de manera inmediata a señalar audiencia de cesación de la detención preventiva, siempre y cuando el mencionado acto procesal no se hubiese ya realizado o modificado la situación jurídica del accionante.
2º DENEGAR la tutela solicitada, con relación a las dos suspensiones de audiencia de cesación de su detención preventiva, asimismo, en cuanto a los decretos de fijación de audiencia que fueron emitidos extemporáneamente, conforme a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
3º Llamar la atención al Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado Público de Familia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Villazón del departamento de Potosí, por lo señalado en la parte final de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
CORRESPONDE A LA SCP 0950/2022-S3 (viene de la pág. 9).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA