SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2022-S2
Fecha: 04-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante informe de acción directa de 4 de abril de 2021, Tomy Flores Condori -funcionario policial-, refirió que “José” -siendo lo correcto Jorge-Armando Martínez Peredo, se presentó la referida fecha a horas 18:00, a oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) conduciendo a Jorge Cristhian Martínez Ávila -accionante-, quien fue aprehendido por particulares (sus familiares) por la presunta comisión del delito de violación contra una menor (fs. 3 a 4).
II.2. Cursa acta de aprehensión por particulares, de 4 del mencionado mes y año a horas 17:15 suscrita por Tomy Flores Condori y Jorge Armando Martínez Peredo (fs. 5).
II.3. Se tiene formulario de denuncia de 4 de abril de 2021, con los datos del citado caso, y el relato de los hechos, suscrita por Jorge Armando Martínez Peredo en representación de NN contra el peticionante de tutela (fs. 6 a 7).
II.4. Consta acta de audiencia de la presente acción de libertad de 5 de abril de 2021 (fs. 38 a 41 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- De la Sentencia Constitucional Plurinacional modulatoria citada, se puede advertir dos supuestos que podrían presentarse en casos de denuncia de aprehensión ilegal tanto por funcionarios policiales como por parte del Ministerio Público: una primera s