SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2022-S2
Fecha: 13-Jul-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 105/2021 de 13 de septiembre, cursante de fs. 105 a 110 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y en consecuencia:
1° CONCEDER en todo la tutela impetrada, conforme a los fundamentos en el presente fallo constitucional; y,
2° Disponer la reincorporación laboral del solicitante de tutela a su fuente de trabajo en el mismo cargo que desempeñaba como Jefe B de Gestión Urbana dependiente la Secretaria de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad, hasta que sus hijos cumplan un año de edad, reponiendo la cancelación de los salarios devengados que le correspondan desde el momento de su desvinculación; así como, el pago de subsidios a favor del o los beneficiarios.
CORRESPONDE A LA SCP 0852/2022-S2 (viene de la pág. 12).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el MSc. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente el Magistrado MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano.
MSc. Paul Enrique Franco Zamora
PRESIDENTE
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Parágrafo precedente, la afectada o afectado podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan, tomándose en cuenta la inmediatez de la protección del derecho constitucional de inamovilidad labora
- I. Clasificación
- POR TANTO