SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2022-S3
Fecha: 29-Jul-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 08/21 de 25 de mayo de 2021, cursante de fs. 18 a 20 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto al debido proceso, en su elemento celeridad, vinculado al derecho a la libertad del accionante, conforme los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional, disponiendo que la autoridad accionada, proceda a la efectiva y verificable remisión de la apelación planteada contra el Auto 90/21 de 17 de mayo de 2021, siempre y cuando ello no hubiese ya ocurrido, o variado la situación jurídica del impetrante de tutela, en razón al carácter modificable de las medidas cautelares; y,
2º DENEGAR
la tutela impetrada respecto a los derechos de acceso a la justicia, tutela judicial efectiva y defensa invocados por el
peticionante de tutela.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO