SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2022-S4
Fecha: 19-Jul-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Acta de audiencia de acción de libertad de 5 de mayo de 2021, en la cual la autoridad demandada señaló que: “…de la revisión del cuaderno procesal sus autoridades pueden evidenciar que este caso se encuentra ante un mecanismo oportuno y eficaz, en la última foja se encuentra el oficio de remisión de apelación incidental de fecha 3 de mayo del presente año, es decir un día antes de que se presente la acción tutelar” (sic); acto seguido en la misma audiencia, la parte accionante señaló que, “…si bien es cierto existen recurso de apelación incidental, sin embargo la sentencia constitucional ha establecido de que una persona al verse afectado su sagrado derecho a la libertad debe buscar los mecanismos más idóneos y oportunos precisos y rápidos” (sic [fs. 25 a 27]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Así lo ha definido la jurisprudencia constitucional en la SC 0008/2010-R de 6 de abril, moduladora de la SC 0160/2005-R de 23 de febrero estableciendo: ‘I… la acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y restituir cualquier tipo de