SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2022-S2
Fecha: 13-Jul-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 61/2021 de 13 de septiembre, cursante de fs. 69 a 77, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela impetrada, en los mismos términos dispuesto por la precitada Sala Constitucional, y conforme a los fundamentos jurídicos de este fallo Constitucional; y,
2º Exhortar a las autoridades demandadas a enmarcar sus actos a los estándares de protección internacional y la jurisprudencia constitucional de los derechos de los menores de edad, efectuando acciones conducentes a determinar lo más favorable a ellos, a efectos de materializar su interés superior.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a vivir y a crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva. Cuando ello no sea posible, o sea contrario a su interés superior, tendrá derecho a una familia sustituta, de conformidad con la ley”. D
- POR TANTO