SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2022-S3
Fecha: 21-Jul-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 98/2022 de 17 de mayo, cursante de fs. 445 a 448 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, con relación al debido proceso en sus elementos de congruencia, motivación y fundamentación, dejando sin efecto la Resolución SP-AP 336/2019 de 28 de agosto, ordenando a la Sala Plena del Consejo de la Magistratura resolver el recurso de apelación conforme a los agravios expresados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos de acceso a la justicia, a ser oído por una autoridad judicial independiente e imparcial, a una justicia plural, pronta y oportuna, gratuita y sin dilaciones; y, a la interpretación de la legalidad ordinaria conforme a los argumentos expuestos en este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori