SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2022-S4
Fecha: 01-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursan Credenciales por el que Israel Ángel Alanoca Chávez y María Esther Góngora Miranda, son reconocidos como Asambleístas Departamentales por Población Titular de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz (fs. 2 a 3).
II.2. Por Resolución 001/2021-2022 de 6 de mayo de 2021, la precitada Asamblea, aprobó la conformación de las directivas y miembros de las comisiones permanentes, de manera que Israel Ángel Alanoca Chávez fue integrado a la Comisión Legislativa, Jurídica y Régimen Electoral Departamental, mientras que María Esther Góngora Miranda integra la Comisión de Desarrollo Humano, Política Social, Naciones, Pueblos Indígenas Originarios Campesinos (fs. 6 a 10).
II.3. Mediante notas ALDLP/CLIYRE/007/2021 de 5 de mayo y ALDLP/CDHDDHHPSNYPIOC/INT 016/2021 de 20 del mismo mes y año, los accionantes solicitaron adscribirse a la Comisión de Madre Tierra y Medio Ambiente (fs. 11 a 12).
II.4. En respuesta a las indicadas solicitudes, mediante notas con cite: ALDLP/CMTMA/INT 31/2021 y 32/2021, ambas de 9 de julio, el Presidente de la Comisión Madre Tierra y Medio Ambiente de la Asamblea referida ut supra, respondió negativamente ambas solicitudes señalando: 1) El Reglamento Interno establece como atribución de la Asamblea Legislativa, determinar su organización interna y su funcionamiento; 2) La Resolución 001/2021-2022, aprobada en la Sesión Plenaria Ordinaria 001 de la Asamblea Legislativa mencionada, aprobó la conformación de las directivas de las seis comisiones permanentes; y, 3) En sesión de la Comisión antes indicada 06/2021, por mayoría absoluta de los miembros de la Comisión, se decidió rechazar todas las solicitudes de adscripción de los Asambleístas Departamentales considerando los puntos mencionados (fs. 13 a 14).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Así establecida brevemente la conformación en comisión de la Asamblea Departamental de La Paz, se concluye primero, que los Asambleístas como representantes del pueblo que los eligió, ejercen democracia representativa, tanto en el plenario como en su