SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2022-S2
Fecha: 09-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 90/21 de 20 de julio de 2021, cursante de fs. 119 a 123, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2° Disponer que los demandados, en el plazo perentorio de tres días a partir de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, procedan a la reincorporación laboral de María Elena Satt Subirana, al puesto de Asesora de Contratos “(c)”; es decir, al mismo cargo; la cancelación de sueldos devengados hasta la fecha reincorporación efectiva, la reposición de todos los derechos laborales arbitrariamente suprimidos, restituyendo el seguro social a corto y largo plazo.
3° Dejar sin efecto la Nota YPFBTR.GG.101.2021 de 19 de febrero de 2021, que declaró no atendible el recurso de revocatoria planteado por la accionante, que ratificó el contenido íntegro de la Nota YPFBTR.GG.069.2021 de 29 de enero de ese año, que también se deja sin efecto.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA