SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2022-S4
Fecha: 15-Ago-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por intermedio de su representante sin mandato, alegó la lesión de su derecho a la libertad, vinculado con los principios de celeridad, seguridad jurídica y respeto a los derechos; toda vez que, presentada el 5 de julio de 2021 su solicitud de cesación a la detención preventiva, la autoridad judicial demandada no lo resolvió conforme a procedimiento, pues corrido en traslado a las partes del proceso y sin respuesta alguna dentro del plazo previsto, no emitió la resolución correspondiente, al contrario, providenciando al memorial de excepción de prescripción presentado por el Ministerio Público, mediante decreto de 13 de igual mes y año precitados fijó audiencia virtual para el 20 del mismo mes y año.
En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. Sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En cuanto a la necesaria celeridad que debe existir en toda solicitud presentada por personas privadas de libertad y su protección mediante la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, la SCP 0487/2021-S-4 de 2 de septiembre, señaló que: “D