SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2022-S2
Fecha: 02-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución S-219/2021 de 16 de junio, cursante de fs. 30 a 33 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela impetrada, respecto a los puntos: 1 del escrito de 22 de febrero de 2021, que reitera el contenido del 12 del escrito de 15 de enero de ese mismo año, respecto de la verificación de su domicilio real y el levantamiento del acta de las tomas fotográficas y croquis respectivo; y, 1 del memorial de 21 de abril del citado año, que reitera los requerimientos, 4 del escrito de 15 de enero ese año y 2 del escrito de 22 de febrero de ese año, sobre informes socioeconómico y de valoración psicológica; disponiendo que la Fiscal de Materia demandada de manera inmediata a ser notificada con el presente fallo constitucional, requiera lo solicitado;
2° DENEGAR la tutela con relación a los puntos 8 y 9 del memorial de 15 de enero de 2021, reiterados de los puntos requeridos por memorial de 5 de enero de ese año; 2, 3 y 4 del escrito de 21 de abril de 2021, así como, lo solicitado el 30 de abril de ese año, sin ingresar al análisis de fondo, conforme a los fundamentos jurídicos desplegados en este fallo constitucional; y,
3° Dejar sin efecto la llamada de atención ordenada por el Tribunal de garantías al abogado patrocinante del impetrante de tutela.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO