Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2022-S3
Fecha: 05-Ago-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. En razón a que en la remisión de los antecedentes de esta acción de defensa no se acompañó el cuaderno de investigación presentado en audiencia de acción de libertad, este Tribunal fundamentará su decisión en hechos admitidos y no refutados por los sujetos procesales, así como la compulsa de actuados procesales efectuado por el Tribunal de garantías.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. En caso de los incisos a) y b) del Parágrafo precedente, la autoridad policial que la o le haya aprehendido, deberá comunicar esta situación a la o el Fiscal mediante informe circunstanciado en el término de ocho (8) horas, y remitirlo a disposic
- POR TANTO
- MAGISTRADA