SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2022-S2
Fecha: 02-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 202/2021 de 31 de mayo, cursante de fs. 24 a 27 vta., pronunciada por la Jueza de Instrucción Penal Cuarta de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, en relación a la vulneración del derecho al debido proceso en su componente celeridad vinculado a la libertad; y, a Olga Margarita Poma Poma, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Achocalla del departamento de La Paz, disponiendo que la indicada autoridad o quien se encuentra ejerciendo el control jurisdiccional de la causa, señale audiencia de medidas cautelares dentro el plazo de veinticuatro horas siguientes a su notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
CORRESPONDE A LA SCP 0974/2022-S2 (viene de la pág. 8).
2° DENEGAR la tutela, respecto a la lesión del derecho a la defensa; a Érica Marcelina Mamani Pilco, Fiscal de Materia, Brenda Lafuente Fernández, Directora Ejecutiva Nacional de la AJAM; Juan Kaleff Clemor Vargas, Subprocurador de Supervisión e Intervención de la Procuraduría General del Estado; y, Benjamín Chuquimia Nina, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Asunta del departamento de La Paz; y, las costas procesales.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO