SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2022-S1
Fecha: 02-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 128/2021 de 28 de septiembre, cursante de fs. 288 a 293 vta., emitida por la Sala Constitucional Tercera del departamento de Cochabamba; y en consecuencia:
1° DENEGAR la tutela impetrada, con el advertido que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada, por los argumentos vertidos precedentemente.
2° Debido al tiempo transcurrido entre la ejecución de la Conminatoria de Reincorporación y la emisión de la Resolución Ministerial que dejó sin efecto aquella; con base en el art. 28.II del CPCo, y en una interpretación previsora que resguarda el principio de seguridad jurídica, se modulan los efectos del
CORRESPONDE A LA SCP 0892/2022-S1 (viene de la pág. 12).
presente fallo y se declaran válidos los actos realizados en cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación, hasta antes de la emisión de la Resolución Ministerial 099/22 de 24 de enero; es decir, la reincorporación al solicitante de tutela al mismo puesto que ocupaba más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales, solamente hasta la emisión de la Resolución Ministerial referida.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller
MAGISTRADA