SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2022-S3
Fecha: 15-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 03/2021 de 20 de octubre, cursante de fs. 63 a 65 vta., pronunciada por la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primera de Guayaramerín del departamento de Beni; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada en cuanto al derecho de petición, ordenando se dé respuesta a lo solicitado en el plazo de cuarenta y ocho horas de notificada la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que ya se hubiera dado curso a lo impetrado.
2° DENEGAR la tutela impetrada con relación al derecho de acceso a la información y a la solicitud de imposición de costas y costos.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO