SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2022-S2

Fecha: 19-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa nota presentada el 4 de diciembre de 2020, por Gonzalo Cristian Vásquez Espada -ahora accionante-, ante el Director Administrativo Financiero de la LONABOL, adjuntando el certificado de nacimiento de su hijo AA, para los fines que corresponda (fs. 4).

II.2.  Mediante Memorándum LNBS/D.E./DAF/U.R.H./B 086/2020 de 7 de diciembre, expedido por María Nélida Acuña Segovia, Directora General Ejecutiva de la LONABOL -ahora demandada-, cuya referencia señaló: “…AGRADECIMIENTO DE SERVICIOS” (sic), del peticionante de tutela concluyendo su relación laboral (fs. 5); frente a ello, este último presentó el 14 de ese mes y año solicitud de reincorporación laboral, ante la referida funcionaria pública (fs. 5 a 8).

II.3.  Consta Instructiva de Reincorporación MTEPS/VESCyCOOP/DGSC 11 de 2 de agosto de 2021, emitida por el Director General de Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, cuya parte determinativa “…INSTRUYE a la Directora General Ejecutiva de la Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad, proceda a la REINCOPORACIÓN LABORAL de GONZALO CRISTIAN VÁSQUEZ ESPADA, CON CÉDULA DE IDENTIDAD N° 2641360-10 L.P., en el plazo máximo de 5 días hábiles a partir de su legal notificación con la presente instructiva; sea con el goce de los derechos que le corresponda…” (sic [fs. 12 a 15 vta.]).

II.4.  Se tiene Informe DP/UACDDHH/MACH/ 031/2021 de 30 de agosto, expedido por Melvy Arancibia Chavarría, Profesional I de la Unidad de Asuntos Constitucionales y Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, informando que: “…conjuntamente con el señor Gonzalo Cristian Vásquez Espada nos apersonamos a las oficinas de la Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad Pública a objeto de conocer si esa entidad daría cumplimento a la Conminatoria de Reincorporación laboral MTEPS/VESCyCOOP/DGSC N° 11 de 2 de agosto, emitido por la Dirección General de Servicio Civil. Oportunidad en la cual conversé con el Dr. Román Rivas, Jefe de Fiscalización Jurídica, quien manifestó que presentaron una nota a Dirección General de Servicio Civil, informando que no había presupuesto para la reincorporación del señor Gonzalo Cristian Vásquez Espada debido al déficit que existe en la Lotería Nacional desde la gestión 2020, siendo esa la razón por la cual no podrá darse curso a lo dispuesto en la Conminatoria…” (sic [fs. 25 y vta.]).