SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1292/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1292/2022-S3

Fecha: 27-Sep-2022

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 143/2021 de 9 de noviembre, cursante de fs. 487 a 494 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia:

    CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto a la vulneración del derecho al debido proceso en sus elementos de congruencia y motivación, y la aplicación correcta del ordenamiento jurídico, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; disponiendo:

a)    Dejar sin efecto el Auto Supremo 535/2021 de 14 de junio, debiendo los Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, sin espera de turno, ni previo sorteo, pronunciar un nuevo auto supremo, debidamente motivado y fundamentado, aplicando de manera correcta el ordenamiento jurídico.

2°    DENEGAR la tutela solicitada respecto del agravio referido a la inadecuada valoración de la prueba, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el MSc. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente la Magistrada, MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas.

Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora

PRESIDENTE

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO