SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2022-s3
Fecha: 26-Sep-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se llega a la siguiente conclusión:
II.1. Mediante memorial presentado el 20 de octubre de 2021, Eleazar Chiqueno Picaneray, ahora peticionante de tutela, presentó acción de libertad, contra Marianela Jimena Salazar Siles, Jueza de Instrucción Penal Cuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz, acción tutelar que fue tramitada por el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del citado departamento, constituido en Tribunal de garantías, instancia colegiada que por Auto de la mencionada fecha, admitió la acción de defensa mencionada, señalando audiencia para su resolución para el 21 de igual mes y año a horas 11:30 a.m. (fs. 55 a 60); bajo tal antecedente, de la revisión del Sistema de Gestión Procesal de éste Tribunal, se tiene que la acción de defensa indicada está signada con el número 43686-2021-88-AL, estableciéndose además que el Tribunal de garantías emitió la Resolución 17/2021 de 21 de octubre, mediante la que denegó la tutela solicitada, causa que a la fecha de emisión de este fallo constitucional, se encontraba aguardando el correspondiente turno para su sorteo a Magistrado (a) Relator (a), y su posterior resolución.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En efecto, conforme se tiene establecido en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, toda acción tutelar concluye con la resolución del Tribunal Constitucional Plurinacional; por tanto, mientras se esté conociendo en revisión el fal