SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1154/2022-S3
Fecha: 05-Sep-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Acta de verificación de Facebook y certificación de reproducción 49/2022 de 14 de marzo efectuada por la Notaria de Fe Pública 104 de la ciudad de Santa Cruz, desde el “PORTAL” de Irina María Petricevic Suárez para certificar la existencia de cuatro publicaciones realizadas los días 9, 10 y 11 de ese mes y año, por Bernd Kurt Gerd Abendroth Heigl -ahora accionado- (fs. 2 a 3vta.) y los comentarios que recibieron dichas publicaciones (fs. 4 a 11 y fs. 97 a 109)
II.2. Consta “ACTA DE VERIFICACION CONVERSACIONES EN CUENTA DE WATSAPP” de 13 de abril de 2022, efectuada por la Notaria de Fe Pública 104 de la ciudad de Santa Cruz, con relación a la conversación que sostuvieron Silvia Elena Arce Carrasco -hoy accionante- y “Jannet Santalla A.” (fs. 12 a 63).
II.3. Se tiene Acta de declaración en la vía testifical brindada por el hoy accionado el 18 de abril de 2022, ante el investigador asignado al caso en el proceso penal por violencia intrafamiliar o doméstica iniciado por la accionante contra su ex esposo, respecto a las fotografías publicadas (fs. 110 a 112).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. En ambos casos, tendrá legitimación pasiva la persona natural o jurídica, pública o privada, que compile datos personales en un registro, que independientemente de tener o no una finalidad comercial, esté destinado a producir informes, aunque no
- POR TANTO