SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1154/2022-S3
Fecha: 05-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución S-2 de 11 de mayo de 2022, cursante de fs. 120 vta. a 124 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto a la vulneración de los derechos a la imagen, privacidad e intimidad conforme a los argumentos expuestos;
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación a la determinación de que el ahora accionado proceda a brindar una disculpa pública por un medio de prensa escrito;
3° Disponer que el hoy accionado elimine toda publicación de su red social Facebook que contenga fotografías y comentarios de la accionante, debiendo en lo sucesivo, abstenerse de realizar acciones similares.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. En ambos casos, tendrá legitimación pasiva la persona natural o jurídica, pública o privada, que compile datos personales en un registro, que independientemente de tener o no una finalidad comercial, esté destinado a producir informes, aunque no
- POR TANTO