SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2022-S2

Fecha: 26-Sep-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 3 de agosto de 2021, cursante de fs. 1 a 2 vta., el accionante manifestó que:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Estando detenido en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, a fin de beneficiarse con el indulto dispuesto por el Decreto Presidencial 4461 de 18 de febrero de 2021; el 22 de julio del referido año, solicitó certificaciones a la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento, que mereció respuesta por parte de la Secretaria, que dicha petición seguía en despacho; pese a que transcurrieron diez días hábiles desde su requerimiento, sin que hasta a la fecha de presentación de esta acción de libertad hubieran sido entregadas las literales impetradas; no obstante, que su persona se encontraba delicado de salud, y que las mismas debieron franquearse en el término de veinticuatro horas.

Dicha omisión vulneró e incumplió la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-, así como, la celeridad procesal, eludiendo su derecho a una protección oportuna en el marco de la Constitución Política del Estado, e impidiendo se acoja al indulto correspondiente con el fin de recuperar su libertad.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

Denunció la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa, a la salud, a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones y, al juez competente e imparcial; y, de los principios de celeridad y seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115 y 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

I.1.3. Petitorio