SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1318/2022-S3
Fecha: 28-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 002/2022 de 5 de enero, cursante de fs. 48 a 55 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia: CONCEDER la tutela solicitada, sobre el derecho al debido proceso en su elemento de congruencia, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 233/2021 de 19 de octubre; y ordenando a los Vocales -accionados- de la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronuncien una nueva resolución absolviendo los agravios que no fueron resueltos en dicha Resolución, sea con la debida fundamentación y motivación.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no hallar consenso en Sala, dirime el caso el Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional MSc. Paul Enrique Franco Zamora, siendo de Voto Disidente el Magistrado, Dr. Petronilo Flores Condori.
Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora
PRESIDENTE
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA