SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2023-S4

Fecha: 14-Nov-2023

‘Artículo 262 (DERECHOS Y GARANTÍAS) | III. Con la respuesta al traslado o vencido el plazo para hacerlo el recurso será elevado a consideración del Tribunal departamental de Justicia, que lo resolverá por escrito en el plazo de cinco (5) días, a con

a) Especialidad. La impartición de justicia se tramitará a través de un sistema penal diferenciado, mediante proceso y asistencia integral de personal especializado, en observancia de su condición como personas en proceso de desarrollo físico, mental, emocional, espiritual, moral y social’.

En la regulación normativa procesal relacionada con el recurso de apelación y el cómputo de plazos establece:

‘Artículo 292. (Cómputo de Plazos). I. Los plazos son improrrogables y perentorios, corren al día hábil siguiente de practicada la notificación y vencen el último día hábil señalado’

‘Artículo 314. (Apelación Incidental). I. El recurso de apelación incidental procederá contra las siguientes resoluciones:

a)   Sobre medidas cautelares o sus sustitución o el sobreseimiento.

b)   La que niegue o revoque la solicitud de ampliación de la investigación en casos relacionados a organizaciones criminales, asociaciones delictuosas o delitos complejos; y

c)     Las que se dicten en ejecución de sentencia.