SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1106/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2023-S3

Fecha: 06-Dic-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2021, ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz; Wilson Cesar Miranda Vargas -ahora accionante-, solicitó señale audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva por vencimiento del plazo de su detención, conforme a lo previsto por el art. 239.2 del CPP modificado por la Ley 1173 (fs. 2 y vta.).

II.2.    Cursa memorial presentado el 3 de diciembre de 2021, dirigido al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz, mediante el cual, el accionante, reiteró se señale audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva (fs. 3 y vta.).

II.3.    Mediante memorial presentando el 10 de diciembre de 2021, ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz; el accionante reiteró su solicitud de señalamiento de día y hora de audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva conforme al art. 239.2 del CPP modificado por la Ley 1173 (fs. 4 y vta.).

II.4.    Consta memorial presentado el 14 de diciembre de 2021, dirigido al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz, mediante el cual el accionante volvió a reiterar su solicitud de cesación de la detención preventiva y adjuntó documentación de respaldo (fs. 5 y vta.).

II.5.    Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2021, ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz, el accionante, adjuntó más documentación de reciente obtención para la audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva (fs. 10).

II.6.    Mediante memorial presentado el 21 de diciembre de 2021, dirigido al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz, el accionante, reiteró su solicitud de cesación de la detención preventiva (fs. 11).

II.7.    Cursa memorial presentado el 24 de diciembre de 2021, ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz, a través del cual el accionante, reiteró se señale audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva (fs. 12).

II.8.    Cursa memorial -sin fecha de elaboración ni presentación- dirigido al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de la Capital del departamento de La Paz, por el cual, Lourdes Del Pilar Díaz Berrios, Fiscal de Materia -ahora coaccionada- solicitó la ampliación de la detención preventiva del accionante por tres meses adicionales (fs. 13).