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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2023
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2023

    Fecha: 27-Feb-2023

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    • Encabezado
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES | II.      Cuando el trabajador opte por los beneficios sociales, el empleador está obligado a cancelar los mismos además de los beneficios y otros derechos que el corresponda, en el tiempo y condiciones señaladas en el artículo sépt
    • I.         Cuando el trabajador sea despedido por causas no contempladas en el Artículo 16 de la Ley General del Trabajo, podrá optar por el pago de los beneficios sociales o por su reincorporación. | II.      Mediante Decreto Supremo, el Poder Ejecu
    • I.         Se reconoce la estabilidad laboral a favor de todos los trabajadores asalariados de acuerdo a la naturaleza de la relación laboral, en los marcos señalados por la Ley General del Trabajo y sus disposiciones reglamentarias. | II.   Las trab
    • I.     Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo.
    • II.   La economía plural está constituida por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa”.
    • II.   El Estado reconoce y priorizará el apoyo a la organización de estructuras asociativas de micro, pequeñas y medianas empresas productoras, urbanas y rurales”.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • POR TANTO

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