SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2023
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2023

Fecha: 27-Feb-2023

II. CONCLUSIONES | II.      Cuando el trabajador opte por los beneficios sociales, el empleador está obligado a cancelar los mismos además de los beneficios y otros derechos que el corresponda, en el tiempo y condiciones señaladas en el artículo sépt

Con la finalidad de desarrollar una coherente argumentación jurídica, cabe determinar el contenido de la disposición considerada inconstitucional; así como, de las normas de rango constitucional consideradas infringidas. A este efecto las mismas se transcriben a continuación:

II.1.       Normas consideradas inconstitucionales

Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006 (modificado y aumentado por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010)[1]

Artículo 10°.- (Beneficios sociales o reincorporación)