SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2023-S4
Fecha: 08-Mar-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 27/2022 de 6 de octubre, cursante de fs. 62 a 64, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, en consecuencia;
1º CONCEDER la tutela impetrada, respecto a Mariela Jhovana Ríos Cartagena, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Cuarta del departamento Santa Cruz y Windsor Hernán Ortiz Bascopé, Fiscal de Materia, en la modalidad innovativa.
2º DENEGAR la tutela solicitada, con relación a Margoth Pérez, Funcionaria Policial; y,
3º Exhortar tanto a la Jueza como al Fiscal de Materia demandados, que en actuaciones futuras impriman celeridad en la tramitación de procesos penales en los que se encuentran involucrados menores de edad, privados de libertad.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. La audiencia cautelar será programada y resuelta con preferencia. | IV. La persona adolescente aprehendida, en ningún caso podrá se incomunicada o detenida en dependencias policiales, penitenciarias o del M
- II. En caso de los incisos a) y b) del Parágrafo precedente, la autoridad policial que la o le haya aprehendido, deberá comunicar esta situación a la o el Fiscal mediante informe circunstanciado en el término de ocho (8) horas, y remitirlo a disposic
- POR TANTO